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El fondo de pensiones obligatorio del primer pilar es responsabilidad del Instituto del Seguro de Pensiones de Croacia (Hrvatski zavod za mirovinsko osiguranje, HZMO). Todos los trabajadores están obligados a abonar el 15 % del total de sus ingresos mensuales al fondo. La protección de los beneficiarios se realiza en forma de pensión mínima (derecho garantizado), y la restricción en forma de pensión máxima. La adquisición de todas las pensiones del primer pilar depende, además de las condiciones de edad, de la duración de los periodos de carencia (principalmente de seguro) cumplidos.

El segundo pilar es obligatorio para las personas que tenían menos de 40 años en 2002, y es adicional al primer pilar. Las personas que tenían entre 40 y 50 años en 2002 podían optar por la exclusión. Los que lo hicieron, así como las personas que tenían más de 50 años en 2002, siguieron estando asegurados únicamente en el primer pilar, pero su cotización equivale al 20 % del salario bruto, lo que garantiza la igualdad. En el caso de los asegurados en ambos pilares, el 5% adicional de la cotización total (además del 15% pagado en el primer pilar) se destina a los fondos del segundo pilar (un fondo de pensiones privado).

Número de fax de la Seguridad Social 833

Tal y como se anunció en el Plan de Acción del Pilar Europeo de Derechos Sociales en marzo de 2021, lanzamos, en colaboración con la institución italiana de seguridad social Istituto Nazionale della Previdenza Sociale (INPS), un proyecto piloto para explorar, de aquí a 2023, la viabilidad de introducir un Pase Europeo de Seguridad Social.

Un Pase Europeo de Seguridad Social ayudaría a mejorar la portabilidad de los derechos de seguridad social a través de las fronteras mediante la verificación digital de la cobertura y los derechos de seguridad social de los ciudadanos por parte de los agentes e instituciones competentes.

El proyecto piloto del Pase Europeo de Seguridad Social tiene como objetivo explorar la viabilidad de una solución digital para mejorar la verificación transfronteriza de la cobertura de la seguridad social y abordar los desafíos en la identificación y autenticación de los ciudadanos móviles con fines de coordinación de la seguridad social.

Dicha solución se desarrollará aprovechando la plataforma de la Infraestructura Europea de Servicios de Blockchain (EBSI), la primera infraestructura de blockchain a escala de la UE que apoya la prestación de servicios transfronterizos, por ejemplo para que los ciudadanos gestionen su propia identidad, credenciales educativas y registren documentos.

Oficina de la Seguridad Social cerca de mí

La sección 215 de la Ley de Crecimiento Económico, Alivio Regulatorio y Protección al Consumidor, (Pub. L. No. 115-174, referida como la «Ley Bancaria») ordena a la Seguridad Social modificar o desarrollar una base de datos para aceptar y comparar datos de protección contra el fraude proporcionados electrónicamente por una entidad permitida. En respuesta a esta directiva legal, la Seguridad Social creó eCBSV, un servicio de verificación del número de la Seguridad Social (SSN) de pago.

eCBSV permite a las entidades autorizadas verificar si la combinación de SSN, nombre y fecha de nacimiento de un individuo coincide con los registros de la Seguridad Social. La Seguridad Social necesita el consentimiento por escrito del titular del número con una firma húmeda o electrónica para poder divulgar la verificación del SSN.

Los usuarios cualificados para el servicio eCBSV deben ser una entidad autorizada (PE), tal y como se define en el proyecto de ley bancaria, y deben poseer un número de identificación patronal (EIN). Cada entidad autorizada deberá presentar una certificación de acuerdo con el proyecto de ley bancaria.

La Seguridad Social está obligada a recaudar el coste total de los servicios de eCBSV. La carga del coste público depende del número de EP que utilicen el servicio y del volumen anual de transacciones. Cada entidad autorizada deberá pagar una cuota de suscripción anual por niveles, basada en el volumen de transacciones estimado para el periodo de 365 días del acuerdo.

Formulario de solicitud de registros de la seguridad social

En el pasado, hemos proporcionado el resumen de detalles de las cuotas como cortesía a los representantes, pero debido a los crecientes costes asociados con el procesamiento, la impresión y el envío de las hojas, hemos suspendido este servicio.

Con los pagos, proporcionamos información a las instituciones financieras donde los representantes reciben sus pagos directos. También recomendamos a los representantes que conserven todas las notificaciones detalladas de reclamaciones y pagos de tasas autorizadas que les enviemos. Esto ayudará a una más fácil conciliación de los pagos al final del año.

El depósito directo de los pagos de las cuotas, tanto para las reclamaciones del título II como para las del título XVI, está disponible para los representantes que hayan completado los dos pasos del proceso de inscripción y hayan solicitado el pago de las cuotas mediante transferencia electrónica de fondos. La institución financiera que recibe el depósito directo recibe información que puede ayudar a los representantes a identificar el origen del pago. Esta información incluye las cuatro primeras letras del nombre de los demandantes, las trece primeras letras del apellido de los demandantes, cualquier sufijo del nombre de los demandantes, el SSN de los demandantes y el importe del pago. Queda a discreción de la entidad financiera proporcionar esta información a los representantes y otros titulares de cuentas.